Triunfo de las ONG's
Álvaro Ramírez Velasco

El freno a las modificaciones al artículo 16 constitucional, dentro de la reforma judicial, que buscaban permitir el allanamiento de morada sin una orden judicial, debe leerse como el triunfo de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG’s) que alertaron del grave peligro de que una policía como la de México, corrupta y sin capacitación, tuviera en sus manos un poder tal.

Así, dieron frutos las advertencias que, con documentos en la mano y estudios sobre el particular, presentaron organizaciones civiles como Amnistía Internacional, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, el presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Entre las organizaciones, bien vale la pena destacar el papel que jugó el Frente Nacional Contra la Represión, conformado por organizaciones como la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO) e integrantes de Atenco, entre muchos otros.

De esta manera, además, se apuntan un éxito en las negociaciones los legisladores integrantes del Frente Amplio Progresista (FAP) -PRD, PT y Convergencia, quienes encontraron eco para sus demandas en muchos de sus colegas del PRI e, incluso, algunos del PAN-.

Se anuló la modificación al artículo 16 de la Constitución, que pretendía facultar a los cuerpos de seguridad a ingresar “sin orden judicial a un domicilio cuando exista una amenaza actual o inminente a la vida o a la integridad corporal de las personas, así como en el caso de flagrancia cuando se esté persiguiendo materialmente al inculpado...”.

Y es que la reforma, llamada por algunos Ley Gestapo -en alusión al cuerpo élite del nazismo alemán durante la Segunda Guerra Mundial, que sembró el terror por toda Europa-, dejaba al albedrío de los policías que tenemos en México, corruptos, abusivos y sin capacitación, esta decisión.

¿Qué impediría que en un caso dado, los cuerpos de seguridad allanaran el domicilio de un líder social? Nada, la Constitución los hubiera amparado. Afortunadamente no pasó.

El riesgo de violaciones constantes y “constitucionales” a los derechos humanos, era inminente.

Además, tal y como la había modificado el Senado de la República en este apartado, se generaba un Estado de excepción, con una herramienta “constitucional” a modo, para reprimir a domicilio.

Hay que recordar que la reforma judicial, que contempla muchos otros cambios, entre ellos algunos buenos, primero pasó por la Cámara baja, luego los senadores la modificaron por lo que, ya convertida en minuta, tuvo que regresar a la Cámara de origen, en donde fue frenada.

Hay bondades en la ley, como los juicios orales, pero que se darán paulatinamente, hasta dentro de una década, algunos de ellos, pero hay que reconocer que, al menos esta ocasión, los legisladores sí escucharon las reclamaciones de la sociedad.

Así, se mantiene, por ahora, vivo el punto número 17 de Los Sentimientos de la Nación de José María Morelos y Pavón, que establece que a cada uno se le guarden sus propiedades y se respete su casa como un asilo sagrado.

 

 

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